Derecho a la Salud · Mendoza

Amparos de salud en Mendoza.
Cuando la salud no puede esperar.

Tu obra social niega un medicamento, una cirugía, un tratamiento oncológico o una prestación por discapacidad. Soy Juan Pablo Miranda Calderón y presento amparos urgentes en Mendoza contra OSEP, PAMI, prepagas y obras sociales nacionales. Medida cautelar en 48–72 horas cuando la urgencia está bien acreditada.

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Qué puedo hacer por vos

La ley está de tu lado. Pero hay que accionarla rápido.

Cuando una obra social niega un medicamento oncológico, demora una cirugía o no cubre un tratamiento por discapacidad, el tiempo pesa más que el dinero. Un amparo de salud es una acción judicial diseñada exactamente para estos casos: te permite obtener una medida cautelar en pocos días que obliga a la obra social a dar la prestación mientras se resuelve el juicio de fondo.

Hace años que presento amparos en los tribunales federales y provinciales de Mendoza. Conozco qué documentación hay que armar, cómo se redacta el escrito para que el juez tome la urgencia en serio y cómo se acredita la verosimilitud del derecho. La mayoría de los amparos que llevo se resuelven con cautelar a favor en menos de una semana desde la presentación.

Si tu obra social, OSEP, PAMI o tu prepaga te está negando una cobertura que necesitás, escribime ahora. Los casos urgentes tienen prioridad: te recibo el mismo día.

Qué cobro por amparo

Cobertura que la ley te garantiza.

Estas son algunas de las prestaciones que habitualmente se reclaman por vía de amparo:

Situaciones reales

Amparos que llevo todos los meses

Medicamento oncológico rechazado

La obra social niega o demora un quimioterápico de alto costo. Presento el amparo con medida cautelar para que la entrega sea inmediata.

Cirugía demorada

Autorizaciones que no llegan, derivaciones rechazadas o falta de prestadores. Busco que se cumpla la cobertura en tiempo oportuno.

Cobertura por discapacidad

Con CUD, corresponde cobertura del 100%. Reclamo prestaciones educativas, terapéuticas, transporte y módulos no cubiertos.

Amparo contra OSEP

La obra social provincial mendocina tiene obligaciones específicas. Presento amparos ante el fuero contencioso administrativo provincial.

Amparo contra PAMI

Adultos mayores con prestaciones rechazadas o demoradas. Reclamos ante el fuero federal para garantizar cobertura urgente.

Prepagas que cancelan cobertura

Aumentos abusivos, cancelación por preexistencia o rechazo de prestaciones. Reclamo por vía de amparo o cautelar según urgencia.

¿Cómo trabajo tu caso?

Mi método paso a paso

Consulta urgente

Te recibo el mismo día. Reviso diagnóstico, prescripciones y negativa de la obra social.

Armado del amparo

Redacto el escrito con fundamento médico, legal y normativa específica (ley 24.901, 23.661, 26.862).

Presentación

Presentación en el juzgado competente con pedido de medida cautelar por urgencia.

Cautelar

Cumplimiento forzoso por la obra social. Continuamos con el juicio de fondo si corresponde.

La salud no espera.

Si la obra social te está negando un medicamento, una cirugía o un tratamiento, no pierdas tiempo. Escribime ahora y te doy un diagnóstico legal urgente.

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Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan sobre amparos

El amparo es una acción judicial urgente prevista en la Constitución Nacional, diseñada para cuando una obra social, prepaga u organismo público te niega o demora una cobertura de salud que te corresponde por ley. Sirve para medicamentos de alto costo, tratamientos oncológicos, cirugías rechazadas, cobertura por discapacidad (ley 24.901), rehabilitación, prótesis, fertilización asistida, cobertura psicológica y psiquiátrica, entre otros. En la mayoría de los casos obtengo una medida cautelar en 48 a 72 horas.
Primero pedí a tu médico tratante una receta con fundamento clínico detallado y presentá el pedido formal a la obra social por mesa de entrada o mail con acuse. Si te niegan o demoran, guardá la respuesta (escrita, audio o mail). Con eso, tu credencial, tu CUD si tenés y los estudios clínicos, escribime. En la mayoría de los casos puedo iniciar un amparo con medida cautelar en el día de la presentación.
La medida cautelar (que obliga a la obra social a dar la prestación inmediatamente mientras dura el juicio) suele dictarse entre 48 horas y una semana después de la presentación, cuando la urgencia está bien acreditada. La sentencia de fondo puede tardar meses, pero lo importante es que la cobertura llega de inmediato con la cautelar. En mi experiencia, la gran mayoría de los amparos se resuelven favorablemente en la instancia cautelar.
Sí. Las obras sociales provinciales como OSEP y las nacionales como PAMI están obligadas a cumplir con la cobertura mínima del Programa Médico Obligatorio y, en muchos casos, con la ley 24.901 de discapacidad. Cuando rechazan prestaciones que corresponden, el amparo procede igual que contra una prepaga privada, aunque el fuero competente cambia (OSEP contencioso administrativo provincial, PAMI federal).
Con Certificado Único de Discapacidad (CUD) tenés derecho a cobertura del 100% en prestaciones médicas, rehabilitación, tratamientos, transporte escolar, prestaciones educativas (estimulación temprana, escuela especial, apoyo a la integración escolar), módulos terapéuticos, acompañamiento terapéutico y elementos ortopédicos según corresponda. La ley 24.901 es la norma clave y se aplica a todas las obras sociales. Si te rechazan una prestación del sistema, se ampara.

Escribime hoy. Sin compromiso.

Ubicación
Pedro Vargas 560, Ciudad de Mendoza